Reformas al reglamento de la ley de fomento y desarrollo de la actividad exportadora y de maquila

Con fecha 10 de Enero de 2017 fue publicado en el Diario Oficial el Acuerdo Gubernativo 3-2017; el cual contiene las reformas al Reglamento de la Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila. En el acuerdo se actualizan los requisitos y obligaciones sobre gestiones de aquellas personas jurídicas que deseen aplicar a los beneficios o en su defecto ya se encuentren bajo los beneficios establecidos por la ley la Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila.

El objetivo principal de estas reformas es ajustarse a las disposiciones de la Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila, (Decreto 29-89 del Congreso de la República), la cual en el 2016 fue reformada por la Ley Emergente para la Conservación del Empleo (Decreto 19-2016 del Congreso de la República).

Las nuevas disposiciones reglamentarias contienen diversas directrices específicas a tomar en cuenta si se quiere optar a los beneficios fiscales que se otorgan actualmente. También aplican las mismas si se quieren mantener los beneficios ya adquiridos tanto por empresas del sector de vestuario y textiles, como por empresas que prestan servicios vinculados a la tecnología de la información y comunicación, que ofrecen los centros de llamadas o de contacto, desarrollo de software y desarrollo de contenido digital, cuando sus servicios se prestan a personas no residentes en el territorio nacional.

Fuente: lexology.com