Con fecha, Lunes 02 de Marzo de 2026, se publica en el Diario de Centroamérica el Decreto 06-2026 «Derogatoria de la Ley sobre el Impuesto de Herencias, Legados y Donaciones, Decreto 431 del Congreso de la República».
La normativa deroga por completo el Decreto 431 y su objetivo es eliminar el impuesto específico que grava la transferencia de bienes por causa de muerte o donación.
El decreto contiene puntos claves:
- Se suprime de forma definitiva los gravámenes y tarifas progresivas ( Del 1% al 25%) aplicados a herencias, legados y donaciones por causa de muerte.
- Se establecen exenciones expresas del IVA para herencias, legados y donaciones por causa de muerte o donación entre vivos bajo ciertas condiciones.
- Se establecen exenciones expresas del ISR sobre herencias, legados y donaciones por causa de muerte o donación entre vivos.
- Se exonera el pago de multas, deudas e intereses de expedientes rezagados o en curso, siempre que no se hubieran pagado efectivamente, sin necesidad de requerimientos complejos.
Aunque el impusto específico sobre la herencia fue derogado, los trámites sucesorios (testamentarios o intestados) no son totalmente gratuitos, aún se requiere:
- Honorarios notariales por gestión del proceso.
- Aranceles del Registro General de la Propiedad.
- Aranceles del Registro Mercantil (Por acciones o participaciones mercantiles).
- Deudas pendientes del inmueble.



