Publicación del Decreto 22-2026, Ley de Exención Tributaria Temoral de Emergencia al Consumidor de Combustibles.

El Decreto 22-2026, «Ley de Exención Tributaria Temporal de Emergencia al Consumidor de Combustibles», fue publicada el dia Miércoles 30 de Septiembre de 2026 en el Diario de Centroamérica.

El Decreto 22-2026 fue aprobado por el Congreso de la República de urgencia nacional con el propósito de mitigar el impacto inflacionario derivado de la volatilidad en los precios internacionales de los hidrocarburos. La normativa establece un régimen fiscal transitorio orientado a salvaguardar la economía del consumidor final, mediante el alivio temporal de cargas impositivas directas sobre los combustibles.

La normativa cuenta con ciertas implicaciones, siendo las siguientes:

  • La exoneración temporal de impuestos, la ley decreta la liberación temporal del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo (IDP) aplicables a las gasolinas (superior y regular) y al diésel.
  • La normativa incluye una disposición estipulada para garantizar que el beneficio fiscal no sea absorbido por los márgenes de comercialización de la cadena de distribución, obligando a las estaciones de servicio e importadores a trasladar el monto íntegro de la exención de manera directa en una reducción equivalente al precio de venta al público.
  • La medida tiene una vigencia limitada que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026. Al concluir este plazo, los productos retomarán de forma automática su tributación ordinaria bajo los regímenes del IVA y del IDP.

Al aplicar esta exoneración se incurre en operaciones exentas, impacto directo en el crédito fiscal y en el registro de las compras en el Libro de Compras y Ventas de la entidad.